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Family law and immigration

La intersección del Derecho de familia y la inmigración

por | 29 Abr 2021

Derecho de familia e inmigración son dos áreas del Derecho que a menudo se solapan entre sí. Las cuestiones de inmigración pueden surgir y tener repercusiones significativas en el contexto del divorcio y la custodia de los hijos.

La inmigración familiar es una de las principales formas de obtener visados de inmigrante en Estados Unidos. Los familiares de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales pueden solicitar el estatuto de residente permanente legal y, posteriormente, naturalizarse y convertirse en ciudadanos estadounidenses. Esto incluye a cónyuges, hijos, padres y hermanos. La elegibilidad y los plazos de tramitación de las solicitudes basadas en la familia variarán en función de si el peticionario es ciudadano estadounidense o residente legal permanente y de la relación entre el peticionario y el beneficiario del visado. Además, dependiendo de una serie de factores, los procedimientos de inmigración pueden completarse a través de una solicitud de ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos o en el extranjero a través de la tramitación consular en un consulado o embajada estadounidense. 

Los asuntos de inmigración pueden complicar un divorcio en los casos en que el estatus migratorio de uno de los cónyuges dependa del otro. Tal es el caso cuando el estatus de Residente Permanente Legal del cónyuge se basa en su matrimonio con un ciudadano estadounidense o con un cónyuge Residente Permanente Legal. Si el cónyuge inmigrante ya ha obtenido el estatus de Residente Permanente Legal, es decir, tiene su tarjeta verde, el divorcio no le privará de dicho estatus. Si, por el contrario, el cónyuge inmigrante sólo tiene el estatus de Residente Permanente Condicional en el momento del divorcio, lo que significa que los cónyuges estuvieron casados durante menos de dos años antes de solicitar su tarjeta verde, entonces, aunque un divorcio no despojará automáticamente al cónyuge de su estatus, sin duda puede causar especulaciones por parte del USCIS en cuanto a la buena fe del matrimonio. En última instancia, siempre y cuando el cónyuge con estatus de residente permanente condicional demuestre que, a pesar del divorcio, el matrimonio se celebró de buena fe y no en un intento de eludir la ley de inmigración, las condiciones de la tarjeta verde pueden ser eliminadas dos años después de la concesión original de la tarjeta verde condicional. La única diferencia sería que el ex cónyuge residente legal permanente tendría que esperar cinco años en lugar de tres para obtener la nacionalidad estadounidense.

En los casos en que el estatus migratorio de uno de los cónyuges dependa del visado del otro, el cónyuge con el visado derivado perderá su estatus cuando finalice el divorcio. Tendrían que solicitar otro tipo de visado o salir de Estados Unidos para evitar acumular presencia ilegal y desencadenar consecuencias negativas para la inmigración.

Otro motivo de preocupación es la custodia de los hijos. Los padres indocumentados a menudo se preocupan por sus derechos y protecciones cuando se trata de una disputa por la custodia de su hijo cuando el otro progenitor tiene estatus legal. El principal factor que tienen en cuenta los tribunales a la hora de determinar la custodia de los hijos es qué es lo que "más conviene" al menor. Hay muchas consideraciones que intervienen en la toma de esta determinación, como la capacidad de cada padre para proporcionar un entorno familiar estable, su salud mental y física, y los deseos del niño una vez que tenga edad suficiente para tomar una decisión razonable. Aunque el estatus migratorio de uno de los padres en sí mismo no afectaría a la custodia del menor, la deportación sería una consideración que un tribunal probablemente tendría en cuenta a la hora de determinar la custodia del menor, ya que tendría un efecto directo en la vida del menor.

Es importante contratar a un abogado que entienda las complejidades involucradas en un asunto de derecho de familia con consideraciones de inmigración. Nuestra firma ofrece consultas en persona y virtuales, si usted tiene alguna pregunta o inquietud sobre el tema de este artículo o cualquier asunto de derecho corporativo, comercial, laboral, familiar o de construcción, por favor no dude en llamar a nuestra oficina al 305-460-0145 o para programar una consulte aquí.

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