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Agravios económicos: Exploración de la interferencia ilícita y la conducta fraudulenta

por | 14 de junio de 2024

Las prácticas comerciales desleales y las tácticas solapadas perturban la competencia leal en un mercado abierto y causan importantes perjuicios económicos. Los agravios económicos son una categoría jurídica que aborda estas acciones perjudiciales, proporcionando soluciones a las empresas y particulares que han sufrido pérdidas debido a interferencias ilícitas o conductas fraudulentas. Esto es lo que debe saber.

¿Qué son los perjuicios económicos?

En el lenguaje jurídico, un agravio es un acto (o una omisión) que causa lesiones, daños o pérdidas a un tercero. Los tribunales reconocen los agravios como ilícitos civiles e imponen responsabilidad por ellos.
Los agravios económicos, también conocidos como agravios comerciales, son cualquier agravio derivado de acuerdos o transacciones comerciales. Al imponer responsabilidad por agravios económicos, los tribunales reconocen que las empresas y los particulares pueden sufrir importantes perjuicios financieros debido a las acciones de otros, incluso cuando no hay daños o lesiones físicas.

Los distintos tipos de perjuicios económicos

Un agravio económico común es interferencia en las relaciones contractuales. Se produce cuando un tercero interrumpe intencionadamente un contrato existente entre otras dos partes. La interferencia puede adoptar diversas formas, como inducir a una de las partes a incumplir el contrato, dificultar o imposibilitar a una de las partes el cumplimiento de sus obligaciones contractuales o socavar de cualquier otro modo los beneficios económicos del contrato.

Otro agravio económico habitual es engaño o un tergiversación fraudulenta. Esto implica hacer declaraciones falsas intencionadamente u ocultar hechos materiales con la intención de engañar a otra parte. La parte engañada, confiando en estas declaraciones falsas, puede celebrar acuerdos perjudiciales, tomar malas decisiones de inversión o sufrir otras pérdidas financieras.

Otros agravios económicos incluyen prácticas perjudiciales como la conspiración para perjudicar, la competencia desleal y la apropiación indebida de secretos comerciales. Estos agravios reconocen que las empresas y sus clientes tienen derecho a operar en un mercado justo y competitivo, libre de interferencias ilícitas y prácticas engañosas.

Elementos de las reclamaciones económicas por daños y perjuicios

Para presentar con éxito una reclamación por daños económicos, el demandante (la parte perjudicada) debe cumplir unos criterios específicos para establecer la responsabilidad del demandado. Los elementos pueden variar ligeramente en función del daño concreto, pero en general incluyen los siguientes:

Existencia de un interés económico válido

En los casos de interferencia en las relaciones contractuales, el demandante debe demostrar que existía un contrato válido entre él y otra parte. En los casos de engaño, el demandante debe demostrar una relación comercial legítima o una expectativa de beneficio económico. Este interés puede incluir contratos existentes, relaciones comerciales futuras u otras formas de ventaja económica.

Conducta intencionada e indebida

El demandante debe demostrar que el demandado actuó intencionada e indebidamente. En las demandas por injerencia, esto implica demostrar que el demandado conocía el contrato e interfirió intencionadamente en él. En las demandas por engaño, el demandante debe demostrar que el demandado hizo declaraciones falsas a sabiendas o temerariamente, con intención de engañar.

Causalidad

El demandante debe establecer un vínculo directo entre la conducta ilícita del demandado y el perjuicio económico sufrido. Esto significa demostrar que las acciones del demandado fueron un factor sustancial en la causa de las pérdidas económicas del demandante.

Daños y perjuicios

El demandante debe demostrar que ha sufrido pérdidas económicas debido a las acciones del demandado. Puede tratarse de lucro cesante, pérdida de oportunidades de negocio, disminución del valor de la empresa u otros perjuicios económicos cuantificables. Los daños deben ser razonablemente cuantificables y directamente atribuibles a la conducta del demandado.

En algunos casos, pueden requerirse elementos adicionales, como probar la malicia o una intención específica de dañar. Por lo general, la carga de la prueba recae en el demandante, que debe demostrar cada elemento de su demanda mediante una preponderancia de las pruebas, lo que significa que es más probable que el demandado sea responsable.

¿Qué recursos tienen las víctimas de perjuicios económicos?

Los recursos disponibles para las víctimas de perjuicios económicos pueden variar en función de las circunstancias específicas del caso y de la jurisdicción. Algunos recursos comunes son:

  • Medidas cautelares: Se trata de órdenes judiciales que obligan al demandado a poner fin a la conducta perjudicial.
  • Daños y perjuicios: También conocidos como "daños reales", son cantidades monetarias concedidas por un jurado por las pérdidas económicas sufridas, que pueden incluir lucro cesante, pérdida de oportunidades de negocio y otros perjuicios financieros.
  • Daños punitivos: En algunos casos en los que la conducta del demandado fue especialmente atroz, el tribunal puede conceder daños punitivos para castigar al demandado y disuadir de conductas similares en el futuro.

Casos notables de daños económicos

A lo largo de los años ha habido muchos casos notables de daños económicos, pero he aquí dos que sentaron precedentes aún reconocidos por los tribunales en la actualidad:

Pennzoil Co. contra Texaco, Inc.

El caso emblemático de Pennzoil Co. contra Texaco, Inc. surgió de la interferencia con un contrato para adquirir Getty Oil. Pennzoil había negociado un acuerdo para adquirir la empresa, pero Texaco se interpuso ofreciendo un precio de compra más alto. El acuerdo entre Pennzoil y Getty se vino abajo y Texaco acabó adquiriendo la empresa.
Pennzoil demandó a Texaco por interferencia ilícita. En 1985, un jurado concedió a Pennzoil $7.530 millones en daños reales y $3.000 millones en daños punitivos, por un total de $10.530 millones. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos confirmó posteriormente este veredicto.

O'Hara contra Ahlgren, Blumenfeld y Kempster

En el caso de 1979 O'Hara contra Ahlgren, Blumenfeld y Kempster, Maria P. O'Hara, cónyuge supérstite y única beneficiaria de la herencia del abogado fallecido Barratt O'Hara II, presentó una demanda por incumplimiento de contrato contra el bufete de abogados de su difunto marido y sus socios en el condado de Cook, Illinois. La Sra. O'Hara alegó que Ahlgren, Blumenfeld y Kempster comerciaron con el nombre y la reputación del Sr. O'Hara tras su fallecimiento y que ella tenía derecho a una indemnización como albacea de su herencia.

A la Sra. O'Hara se le concedió una indemnización por pérdida de ingresos y otros perjuicios económicos, una decisión que el Tribunal Supremo de Illinois confirmada en 1989.

Agravios económicos en Florida

El Estado de Florida también ha visto su parte justa de casos de perjuicio económico. Un ejemplo notable es Ethan Allen v. Georgetown Manor, 647 So.2d 81. El tribunal de este caso aclaró que, en Florida, una parte puede entablar una acción alegando interferencia ilícita con clientes actuales o potenciales. Sin embargo, el Tribunal Supremo trazó claramente la línea de que no existe causa de acción por interferencia torticera con la comunidad en general. El Tribunal explicó además que para que haya interferencia torticera con una relación comercial, el demandante debe poder probar que tenía un entendimiento o acuerdo real e identificable con un cliente que con toda probabilidad se habría completado de no ser por la interferencia de un tercero. Por último, el Tribunal también aclaró que no hay interferencia torticera con un cliente pasado a menos que exista un acuerdo identificable de que los clientes volverían en el futuro. La mera esperanza de que algunos de sus antiguos clientes decidan volver a comprar no basta para fundamentar una demanda por intromisión ilegítima.

A lo largo de los años, los demandantes en muchos casos de responsabilidad civil empresarial en Florida recibieron enormes indemnizaciones por daños y perjuicios y por daños punitivos. Esto condujo a la Ley 837 de la Cámara de Representantes, promulgada en marzo de 2023. Conocida como la Ley de Reforma de Daños de Florida 2023, la ley pretende limitar las indemnizaciones excesivas. Aunque los empresarios y las compañías de seguros han elogiado la reforma, sus defensores sostienen que limita los derechos de las víctimas en los casos de responsabilidad civil.

Protección de su empresa frente a reclamaciones por perjuicios económicos

Para proteger su empresa de los perjuicios económicos, siga estas directrices:

  • Mantener contratos claros: Asegúrese de que sus contratos estén bien redactados, definan claramente los derechos y obligaciones de las partes e incluyan disposiciones que aborden posibles interferencias.
  • Realizar la diligencia debida: Antes de entablar relaciones comerciales, investigue a fondo a los posibles socios para evaluar su reputación y fiabilidad.
  • Comunicaciones documentales: Mantenga registros de todas las comunicaciones y transacciones, ya que esta documentación puede ser una prueba crucial en las reclamaciones por daños económicos.
  • Buscar asesoramiento jurídico: Si sospecha que es víctima de un perjuicio económico, consulte a un abogado especializado en litigios empresariales para proteger sus derechos.

Campbell Law Group ayuda a las empresas de Florida a recuperarse de los daños económicos causados por agravios. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para hablar con uno de nuestros abogados expertos y contarnos su caso y discutir sus opciones.

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