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Cómo Miami llegó a desafiar el dominio de Nueva York en el arbitraje comercial internacional

por | 6 de abril de 2024

Cuando se piensa en el arbitraje internacional, a menudo se piensa en Nueva York como la principal ciudad a tener en cuenta. Históricamente, Nueva York ha sido el centro neurálgico del arbitraje internacional en Estados Unidos debido a su sólida infraestructura jurídica, sus instituciones de arbitraje bien establecidas y su condición de centro financiero mundial. Sin embargo, Nueva York no es el único contendiente en el panorama del arbitraje internacional en Estados Unidos. Otras ciudades, como Atlanta, Houston y Washington, D.C., también atraen la atención debido a sus propios atributos y puntos fuertes en materia de resolución de litigios. En los últimos años, Miami se ha erigido en un destacado contendiente en el arbitraje comercial internacional, superando a Nueva York en número de casos de arbitraje internacional sentados en 2021, lo que supondrá un cambio significativo en el panorama.

La popularidad de Miami es especialmente pronunciada entre los partidos latinoamericanos. Este cambio se atribuye no sólo a la proximidad de Miami a América Latina, a su abundante cantera de profesionales del Derecho que dominan el español y el portugués y a sus fuertes conexiones culturales con la región, sino también al entorno jurídico de Florida, especialmente del sur de Florida, cada vez más favorable al arbitraje.

En el artículo de hoy, analizaremos la creciente prominencia de Miami como destino líder para el arbitraje comercial internacional, que está desafiando el tradicional dominio de Nueva York en este ámbito. Exploraremos las iniciativas estratégicas emprendidas por Florida para reforzar su marco de arbitraje, examinaremos casos emblemáticos que subrayan la evolución del papel de Miami en el arbitraje internacional y evaluaremos los recientes desarrollos legales sobre la ventaja competitiva de Miami en el panorama del arbitraje.

Iniciativas estratégicas de Florida para mejorar su marco de arbitraje

En los últimos treinta años, Florida ha dado pasos significativos en el apoyo al arbitraje internacional mediante el desarrollo de un amplio marco de leyes y reglamentos.

En diciembre de 2013 se dio un paso crucial cuando la El Tribunal del 11º Circuito Judicial creó una división especializada para casos de arbitraje comercial internacional, lo que dio lugar a la creación de la Corte de Arbitraje Comercial Internacional (Corte ICA). Este logro fue posible gracias a la colaboración entre bufetes de abogados internacionales, el Colegio de Abogados de Florida, la legislatura estatal, la comunidad empresarial y el Undécimo Circuito Judicial de Florida. Sin embargo, esta iniciativa también planteó retos debido al creciente número de casos.

En respuesta al creciente número de casos, en enero de 2017 se creó una división separada del 11º Circuito Judicial en el condado de Miami-Dade, y el número de jueces asignados para tratar los casos que cumplían los requisitos aumentó de dos a cuatro.

El compromiso de Florida de apoyar el arbitraje se extendió más allá de los tribunales a medidas legislativas proactivas. La promulgación de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional de Florida (FICAA) y la revisión de la Ley de Arbitraje de Florida, que aborda el arbitraje nacional, ejemplificaron estos esfuerzos. La FICAA otorgó a los tribunales estatales la autoridad para atender las solicitudes de anulación de un laudo en los casos que carecen de jurisdicción federal.

Estos esfuerzos han dado sus frutos, y Miami se ha convertido en un fuerte competidor de Nueva York como destino preferido para el arbitraje internacional, especialmente entre las partes latinoamericanas. La dedicación de Florida a facilitar los procesos de arbitraje no sólo ha mejorado su posición jurídica, sino que también ha establecido firmemente a Miami como un actor importante en los destinos de arbitraje.

Mesa Power Group LLC contra el Gobierno de Canadá: Un estudio de caso

Un ejemplo convincente que muestra el posicionamiento estratégico de Miami como sede de arbitraje para invocar normas imperativas específicas del derecho de arbitraje internacional aplicable en Florida se encuentra en Mesa Power Group LLC contra Gobierno de Canadá. En este caso, a pesar de que el arbitraje se presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, la sede del arbitraje se estableció en Miami, Florida. Esta elección estratégica inició la aplicación de normas obligatorias específicas del derecho de arbitraje internacional aplicables en Florida, sentando las bases para una disputa jurisdiccional con importantes implicaciones.

En el centro de la disputa estaba la interpretación de la ley aplicable a la anulación del laudo arbitral. Mesa Power Group solicitó la anulación del laudo en virtud del artículo 10 de la Ley Federal de Arbitraje (FAA), alegando que debía prevalecer la interpretación de la legislación federal realizada por el Circuito de Washington. Por el contrario, Canadá abogó por la aplicación de la ley del Undécimo Circuito, citando Miami como sede del arbitraje, y solicitó la ejecución del laudo en virtud de la Convención de Nueva York.

El contexto jurídico del caso era complejo. El Undécimo Circuito había establecido un precedente que indicaba que los motivos para anular laudos en virtud del § 10 de la FAA no se extendían a los laudos arbitrales internacionales. Sin embargo, las circunstancias específicas de este caso, en el que el arbitraje se celebró en Miami pero se presentó en el Distrito de Columbia, añadieron niveles de complejidad a la cuestión jurisdiccional.

A pesar de la falta de precedentes directos sobre la autoridad de un Tribunal Federal de EE.UU. para anular un arbitraje internacional con sede en EE.UU., el tribunal falló finalmente a favor de Mesa, anulando el laudo sobre la base de que el arbitraje se consideraba nacional y, por lo tanto, se regía por la ley federal. Esta sentencia pone de relieve los matices que hay que tener en cuenta a la hora de elegir la sede de un arbitraje y resolver las cuestiones jurisdiccionales, y subraya la importancia emergente de Miami como destino estratégico para el arbitraje internacional.

El caso Mesa nos recuerda la evolución del panorama del arbitraje internacional y la importancia de considerar cuidadosamente los factores jurisdiccionales en los procedimientos de arbitraje. Subraya la importancia de seleccionar una jurisdicción favorable al arbitraje y de aprovechar estratégicamente su marco jurídico y su normativa. La creciente reputación de Miami como destino preferido para el arbitraje internacional, especialmente entre las partes latinoamericanas, se ve reforzada por casos como el de Mesa, que demuestran la creciente relevancia de la ciudad en el escenario del arbitraje mundial.

El impacto de la reciente evolución jurídica en la competitividad de Miami

Aunque el auge de Miami ha sido innegable en los últimos años, los recientes cambios legales han introducido nuevas complejidades que podrían afectar a su posición competitiva. Anteriormente, Miami gozaba de una ventaja distintiva sobre otros grandes centros de arbitraje al imponer criterios estrictos a las partes que pretendían impugnar laudos arbitrales. Esta ventaja se derivaba del requisito de adherirse a las rigurosas normas establecidas en el Reglamento de Arbitraje. Artículo V de la Ley de y Panamá o sus equivalentes en la Ley de Arbitraje Comercial Internacional de Florida. Estas estrictas normas garantizan un proceso de arbitraje sólido y contribuyen al atractivo de Miami como destino preferente para el arbitraje.

Sin embargo, el panorama cambió con la histórica sentencia del caso Corporación AIC v. Hidroeléctrica Santa Rita. Esta sentencia, que revocó un precedente y alineó el Undécimo Circuito con otras jurisdicciones, aclaró que el Capítulo 1, Sección 10 de la Ley Federal de Arbitraje (FAA) podía servir como fundamento para impugnar laudos arbitrales internacionales emitidos dentro de los Estados Unidos. Este hecho igualó las condiciones de competencia, permitiendo a las partes impugnar laudos arbitrales dictados en Miami utilizando los mismos motivos legales que los dictados en Nueva York.

Como resultado, la ventaja que antaño tenía Miami en los procedimientos de arbitraje ha disminuido, lo que plantea interrogantes sobre la continuidad de su dominio como destino preferente de arbitraje. Ahora que el panorama jurídico es más uniforme en todas las jurisdicciones, las partes implicadas en un arbitraje internacional deben sopesar cuidadosamente diversos factores a la hora de elegir una sede de arbitraje, como la equidad procesal, el marco jurídico y las posibilidades de intervención judicial.

Las implicaciones a largo plazo de esta evolución jurídica sobre el atractivo de Miami como sede de arbitraje en comparación con Nueva York siguen siendo inciertas. Sin embargo, es importante que las partes interesadas estén atentas a la evolución del panorama jurídico y ajusten sus estrategias según sea necesario. El futuro papel de Miami en el arbitraje internacional dependerá de su capacidad para hacer frente a estos retos, manteniendo al mismo tiempo su reputación de ofrecer servicios de resolución de disputas eficientes y justos.

The Campbell Law Group P.A. aporta una gran experiencia en litigios comerciales y empresariales. Estamos dedicados a servir a clientes en toda la región del sur de Florida, incluyendo Miami Beach, Coral Gables, Coconut Grove, South Miami, Pinecrest, Brickell, Edgewater, Doral y Wynwood. Además, extendemos nuestros servicios a los condados de Broward y Palm Beach, así como a clientes en Tampa, Orlando y en toda Florida.

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