Por lo general, el objetivo de cualquier pleito civil es que el demandante recupere el dinero del demandado como resultado de una sentencia favorable. Sin embargo, los casos civiles están a menudo plagados de retrasos, y pueden pasar años antes de que se dicte sentencia, e incluso más tiempo hasta que se efectúe el pago debido. Un demandado deshonesto puede aprovecharse de estos retrasos ocultando o desplazando activos, dejando poco o nada al demandante para recuperar después de la sentencia.
La respuesta a esta inquietante situación reside en la obtención de una medida cautelar, un instrumento jurídico que puede prohibir al demandado transferir o regalar activos a lo largo del proceso y garantizar que el demandante disponga de fondos al final del juicio. A diferencia de las sentencias posteriores, los recursos prejudiciales ofrecen al demandante la tranquilidad de saber que le quedarán activos cobrables al concluir el proceso civil, a menudo arduo.
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El embargo es el medio de cobro más utilizado por los acreedores en Florida. Este recurso permite al demandante asegurar un embargo sobre la propiedad del demandado en caso de que éste intente vender su propiedad. Los beneficios de la venta, o parte de ellos, se pagarían directamente al demandante.
El inconveniente de esta acción es que muchos acreedores pueden embargar la misma propiedad, lo que reduce en gran medida la cantidad que cada acreedor puede cobrar. También es posible que el demandado decida no vender la propiedad, en cuyo caso habría que interponer recursos más agresivos.
Recurso de reposición
Al igual que el embargo, el replevin prejudicial permite al demandante asegurar un interés superior en una propiedad específica. Sin embargo, a diferencia del embargo prejudicial, un replevin da al demandante la posesión de la propiedad, que luego se compromete a mantener y proteger la propiedad hasta que se dicte una sentencia definitiva en el caso.
En caso de que la sentencia final falle a favor del demandado, la legislación de Florida establece que el acreedor deberá indemnizar al demandado por los daños y perjuicios causados por la apropiación y posesión indebidas de la propiedad.
Embargo
Para asegurarse de que existe una forma de pago accesible para el acreedor a la conclusión del pleito, el demandante puede obtener un mandamiento de embargo prejudicial. Este recurso permite al tribunal "congelar" el acceso del demandado a las cuentas bancarias o a los bienes en garantía mientras el juicio esté pendiente. Un embargo hace que los fondos o bienes no estén disponibles para el demandado hasta que el tribunal tome una decisión definitiva, momento en el que una parte o la totalidad de los activos se adjudicarían al demandante. El embargo también puede levantarse, lo que permite al deudor acceder a sus cuentas o a sus bienes.
La legislación de Florida exige que los recursos prejudiciales estén garantizados por una fianza que debe depositar el acreedor. Estas fianzas garantizan que los recursos prejudiciales se soliciten de buena fe y sólo en circunstancias en las que el demandante tenga probabilidades de probar su reclamación.
Es importante que el acreedor sepa que si no prevalece, el demandado puede utilizar la fianza total o parcialmente para cubrir los daños causados al demandado como resultado del uso por parte del acreedor de recursos prejudiciales. Además, un acreedor debe tener en cuenta cualquier gravamen de terceros sobre una propiedad o si las cuentas o la propiedad del demandado pueden estar sujetas a exención de embargo, replevin o embargo con el fin de evaluar si el acreedor debe o no utilizar recursos prejudiciales.
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